Cortar árboles protegidos sin la autorización correspondiente puede implicar un proceso penal en El Salvador. Un hombre recibió una condena de trabajo de utilidad pública tras ser declarado culpable de talar un árbol de la especie nogal, catalogada como protegida por la legislación ambiental.
El artículo 259 del Código Penal tipifica esta conducta como depredación de flora protegida. La legislación castiga con penas de uno a tres años de prisión a quienes corten, talen, arranquen, recolecten, comercialicen o participen en el tráfico ilegal de especies protegidas. También sanciona a quienes causen daños graves a su hábitat natural.
«Se trata de un delito en el que se protege el medio ambiente, principalmente la flora y la fauna. Las especies protegidas son aquellas que por decreto legislativo, se ha establecido cuáles son las que están en peligro de extinción. También hay otras especies que se protegen debido a su valor histórico o medicinal», manifestó Gerardo Hernández, abogado penalista.
Video/TCS/Reportaje elaborado por André Sandoval.
Además, especialistas recomiendan verificar si los árboles que se pretende cortar aparecen en el Listado Oficial de Especies de Vida Silvestre Amenazadas o en Peligro de Extinción de El Salvador. Ese documento reúne más de 200 especies de plantas y animales clasificadas por familia, nombre científico y nombre común.
«La última lista de árboles protegidos es de 2025, por lo que se debe ir al sitio web del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) y ver si el árbol que quiero talar está en esa lista de árboles protegidos. Si lo está, hay que ir al MARN a pedir el visto a fin de talarlo a fin de poderlo talar», explicó Hugo Pineda, decano de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de El Salvador.
Motivos para talar árboles protegidos
Además, en San Salvador Centro la ordenanza municipal exige presentar una solicitud para realizar una inspección técnica. Si la autoridad autoriza la tala, el responsable deberá compensarla con la siembra del doble de árboles retirados.
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Las autorizaciones proceden únicamente cuando el ejemplar presenta una enfermedad irreversible, representa riesgo de desplome, afecta servicios públicos o privados, levanta estructuras con sus raíces o requiere remoción para ejecutar un proyecto de construcción.
«Dependerá de dónde se encuentra el árbol y qué autoridad autorizaría la tala, el arrancarlo o quitarlo. Si estuviese en un área de recarga hídrica, tendría que ser la Autoridad Salvadoreña del Agua. Si estuviese en un bosque, sería el Ministerio de Agricultura, si no tendrá que ser el municipio donde está ubicado el inmueble», destacó Pineda.
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