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El Salvador
domingo, 19 mayo, 2024

Seis conductores peligrosos son sacados de circulación

Varios conductores fueron detenidos por conducir en estado de ebriedad, por lo que deberán responder ante la justicia.

El Viceministerio de Transporte (VMT), con el apoyo de las instituciones de la Policía Nacional Civil (PNC), y el Fondo Solidario para la Salud (Fosalud), han intensificado los controles para sacar de circulación a aquellos conductores que manejen en estado de ebriedad, con el objetivo de garantizar el tránsito seguro a los salvadoreños.

Durante estas pruebas, seis conductores resultaron con los siguientes valores de alcohol en aire espirado:

  • 100
  • 102
  • 122
  • 161
  • 169
  • 201

También detuvieron a un conductor por negarse a realizar la prueba de alcoholemia. Sin embargo, las autoridades no especificaron los valores y en qué zona fue detenido.

Las autoridades indican que si toma no debe manejar, y si lo hace, debe ser consciente de buscar otras maneras para movilizarse. De ese modo, evitará ser parte de las estadísticas de accidentabilidad, puesto que según datos del Observatorio Nacional de Seguridad Vial (ONASEVI), en lo que va del año, se han registrado un total de 5,423 accidentes de tránsito. Estos han dejado 3,198 personas lesionadas, y 366 fallecidas.

Las autoridades apuntan las causas más comunes de accidentes de tránsito, según los registros:

  • Distracción al volante.
  • La invasión del carril.
  • No respetar las señales.
  • No guardar la distancia reglamentaria.

Sanción para los conductores que sobrepasen los miligramos de alcohol

La normativa de tránsito establece que los casos en los resultados de estas pruebas rondan los 50 y 99 miligramos por decilitro de alcohol son acreedores de la multa máxima ($57.14), mientras que quienes igualan o superan los 100 miligramos por decilitro de alcohol son considerados conductores peligrosos, delito tipificado en el Código Penal.

Además, el artículo 147-E establece que la conducción temeraria posee una sanción de una pena de prisión de uno a tres años. También, la inhabilitación al derecho de conducir vehículos por igual tiempo.

Se considerará conducción temeraria:

  • Manejar en estado de ebriedad o bajo los efectos de las drogas que limiten la capacidad de conducir.
  • Disputar la vía entre vehículos.
  • Realizar competencias de velocidad en la vía pública, sin previo permiso de la autoridad competente.

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