Manejar vehículos de transporte de público de pasajeros o de carga pesada sin contar con la licencia respectiva podría sancionarse con cárcel. El Ministerio de Seguridad Pública y de Justicia propuso una reforma al Código Penal a la Asamblea Legislativa para agregarlo a la conducción peligrosa.
La iniciativa se presenta luego de fatales accidentes de tránsito que involucraron al transporte de carga pesada.
Actualmente, se considera conducción peligrosa disputarse la vía, realizar competencias de alta velocidad sin permiso y conducir bajo efectos del alcohol o drogas. La pena es de dos a cinco años de cárcel.
En el caso que alguna de estas conductas se cometa con vehículos de transporte público o de carga se sanciona de cinco a diez años.
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Con la reforma, se incorporaría como conducción peligrosa no tener la autorización respectiva o manejar con licencia distinta a la clase requerida para vehículos de transporte público colectivo de pasajeros y transporte de Carga. Es decir, que no tenga la licencia pesada. Pero en este caso, la pena de cárcel será de cinco a diez años.
En el caso que causen un accidente que deje fallecidos o lesionados, la pena aumenta hasta un máximo de 15 años en caso del transporte público o de carga.
Y aunque se llegue a una conciliación o reparación con las víctimas o sus familiares, esta no extinguirá la acción penal.
Se impondrá, además, la pena de privación del derecho de conducir o de obtener la licencia respectiva por el tiempo de la condena.

Cárcel para propietario de transporte
La propuesta de reforma incorpora otra figura penal en el tema de transporte público o de carga, dirigida a sus propietarios o encargados.
Se refiere a la «facilitación de vehículo de motor destinado al transporte público colectivo de pasajeros o de transporte de carga a conductor no habilitado».
Se sancionará con cinco a diez años de cárcel al propietario o encargado de la unidad que permita conducirla a una persona sin licencia adecuada.
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Aplicará para vehículos de transporte público o de carga de más de ocho toneladas. Si permite que la conduzca una persona sin la autorización respectiva y ocurre un accidente con fallecidos y lesionados, la pena se incrementará en una tercera parte del máximo, es decir, tres años más.
También tanto el que facilitare el vehículo como el conductor deberán responder civilmente «en forma solidaria», por los daños y perjuicios.
Además, con la propuesta de reforma al Código Procesal Penal tampoco aplicará la conciliación para anular el proceso penal.
Estas iniciativas pasaron a estudio de la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia de la Asamblea, convocada a sesionar el 20 de octubre.






