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viernes, 12 diciembre, 2025

FGR giró 13 órdenes de captura por estafa y hurto en medios informáticos

En las últimas horas, la Fiscalía emitió 13 órdenes de captura a personas vinculadas a casos de estafa y hurto en medios informáticos.

Por medio de cuenta oficial de X, la Fiscalía General de la República (FGR) emitió 13 órdenes de captura contra sujetos acusados de estafa y hurto por medios informáticos, delitos que se cometieron en Cabañas. 

Según las investigaciones fiscales, haciendo uso de redes sociales, los acusados engañaron a una de las víctimas con la venta de un carro. Fue de esta forma que la persona accedió a la compra y le enviaron un enlace para que depositara $4,500.00 como adelanto.

No obstante, cuando la víctima intentó corroborar que el abono se había hecho efectivo, se percató de que habían sustraído o sus ahorros.

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Penas por delito de estafa y hurto en medios informáticos 

En El Salvador, la pena por el delito de estafa asciende a 3 o 5 años de prisión, mientras que, si se trata de una estafa agravada, la condena puede ser de 5 a 8 años de cárcel, así lo establece el artículo 216 del Código Penal

“El delito de estafa será sancionado con prisión de cinco a ocho años, en los casos siguientes:  

1) Si recayere sobre artículos de primera necesidad, viviendas o terrenos destinados a la construcción de viviendas;  

2) Cuando se colocare a la víctima o su familia en grave situación económica, o se realizare con abuso de las condiciones personales de la víctima o aprovechándose el autor de su credibilidad empresarial o profesional;  

3) Cuando se realizare mediante cheque, medios cambiarios o con abuso de firma en blanco;  

4) Cuando se obrare con el propósito de lograr para sí o para otro el cobro indebido de un seguro; y,  

5) Cuando se realizare manipulación que interfiera el resultado de un procesamiento o transmisión informática de datos”.

Mientras que, la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos y Conexos, enfatiza en el artículo 13:

“El que, por medio del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, se apodere de bienes o valores tangibles o intangibles de carácter personal o patrimonial, sustrayéndolos a su propietario, tenedor o poseedor, con el fin de obtener un provecho económico para sí o para otro, será sancionado con prisión de cinco a ocho años”.

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