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martes, 30 junio, 2026
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Corte Suprema de EE.UU. anula orden de Trump que limitaba ciudadanía por nacimiento

La orden ejecutiva emitida por el presidente de EE.UU. buscaba limitar la ciudadanía para los hijos de inmigrantes en situación ilegal

La Corte Suprema de EE.UU. anuló la orden ejecutiva del presidente Donald Trump que buscaba limitar el derecho de ciudadanía por nacimiento para los hijos de inmigrantes ilegales. 

La sentencia dice que los niños nacidos en los Estados Unidos de padres que se encuentran ilegalmente o temporalmente en el país están “sujetos a la jurisdicción” de los EE.UU. “Y son ciudadanos desde su nacimiento en virtud de la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda”. 

El 20 de enero de 2025, el presidente Trump emitió la Orden Ejecutiva 14160, titulada “Protegiendo el significado y el valor de la ciudadanía estadounidense”. Dicha Orden establece que los hijos nacidos en EE.UU. de padres que se encuentran ilegal o temporalmente en el país no están “sujetos a la jurisdicción” estadounidense. 

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Y que, por lo tanto, no cumplen los requisitos para obtener la ciudadanía según la Decimocuarta Enmienda ni la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).  

Varios padres interpusieron una demanda, algunos en nombre de sus hijos, argumentando que la Orden Ejecutiva viola dicha Enmienda y la ley. 

El Tribunal de Distrito estuvo de acuerdo y certificó provisionalmente una demanda colectiva para los niños a quienes se les negaría la ciudadanía en virtud de la Orden. 

Debate del derecho a la ciudadanía

La cuestión que se planteó en el proceso es si la Constitución garantiza la ciudadanía a los hijos nacidos en Estados Unidos de padres que se encuentran legal o temporalmente en el país.  

Según la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda, “todas las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción son ciudadanos de Estados Unidos y del estado en el que residen”

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La Corte Suprema señala como “infundados” los argumentos para limitar la ciudadanía por derecho de nacimiento a quienes residen ilegal o temporalmente. Ya que exigía un mayor grado de “lealtad” basado en el domicilio). Lo que no cuenta con un respaldo en la jurisprudencia existente. 

Señala que el texto de la Cláusula de Ciudadanía no refleja la intención de limitar la ciudadanía a residentes. “Palabras que aparecen con frecuencia en la Orden Ejecutiva (“madre”, “padre”, “legal”, “temporal”) están ausentes de la Cláusula”, dice la sentencia. 

Y añade que “la ciudadanía, entonces y ahora, era el derecho a tener derechos: a participar libremente en nuestra comunidad política”. Y que los redactores de la Decimocuarta Enmienda extendieron esa promesa a “toda persona nacida libre en esta tierra”, en referencia a sueño estadounidense. 

“Hoy mantenemos esa promesa. Se confirma la sentencia del Tribunal de Distrito del Distrito de Nuevo Hampshire”, sostiene la Corte Suprema. 

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