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miércoles, 16 septiembre, 2026
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FGR presentó requerimiento contra el alcalde de la Paz Centro

La FGR informa el requerimiento en contra del alcalde de La Paz Centro y el jefe de catastro por los delitos de incendio y actos arbitrarios.

Este viernes, la Fiscalía General de la República (FGR) informó, a través de su cuenta X, que presentó requerimiento en contra del alcalde de La Paz Centro, Napoleón Armando Girón Iraheta y el jefe de catastro, Augusto Ticas Linares, quienes serán procesados por los delitos de incendio y actos arbitrarios, por los hechos ocurridos el pasado 13 de mayo.

Reiterando que ambos imputados ordenaron el desmantelamiento y destrucción de varios negocios dedicados a la venta de alimentos.

De acuerdo a la FGR, estos negocios estaban ubicados en la entrada de un balneario municipal de la Costa del Sol. El Tribunal de Medio Ambiente ya había emitido una resolución para el desalojo de los negocios, sin embargo, los procesados sobrepasaron la decisión de la sede judicial.

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Que se sabe del caso del alcalde de la Paz Centro

La Policía Nacional Civil (PNC) informó, a través de su cuenta de X, sobre la captura del alcalde de La Paz Centro por el partido Gana, Napoleón Armando Iraheta Jirón, por el delito de contaminación ambiental.

De acuerdo con el reporte de las autoridades, el edil, presuntamente, ordenó la quema de decenas de ramadas, las cuales pertenecían a los respectivos puestos de venta ubicados en los alrededores de la playa Costa del Sol.

De igual manera, la PNC informó la captura del jefe del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional de la alcaldía de La Paz Centro, César Augusto Ticas González, quien dirigió la quema de ramadas.

Delito por contaminación ambiental

Este tipo de delito está contemplado en el artículo 255 del Código Penal. Estipulado en el capítulo II de los delitos relativos a la naturaleza y el medio ambiente.

Enfatiza lo siguiente:

«El que provocaré o realizaré directa o indirectamente emisiones, radiaciones o vertidos de cualquier naturaleza en:

  • El suelo
  • Atmósfera
  • Aguas terrestres superficiales
  • Subterráneas o marítimas.

En contravención a las leyes y reglamentos respectivos y que pusiere en peligro grave la salud o calidad de vida de las personas o el equilibrio de los sistemas ecológicos o del medio ambiente, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años».

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