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InicioNacionalesCAPI comenzarán a funcionar para empresas privadas y alcaldías

CAPI comenzarán a funcionar para empresas privadas y alcaldías

Actualmente, El Salvador cuenta con 24 CAPI privados debidamente inscritos y autorizados por el CONAPINA.

Los primeros años de vida de un niño son fundamentales para su desarrollo, ya que es en esta etapa cuando se potencia su estimulación y se sientan las bases para su educación inicial. Con el fin de apoyar en estas tareas, nacen los Centros de Atención Infantil (CAPI), instituciones dedicadas al cuidado y la educación de los niños desde sus primeros meses hasta los cuatro años.

A partir del 1 de marzo, se pondrá en marcha una nueva modalidad en estos centros, que estarán destinados a empresas privadas y municipalidades. Esto con el fin de ampliar su alcance y optimizar los servicios de cuidado y educación infantil.

Video / TCS. / Reportaje elaborado por: Mónica Linares.

Sin embargo, para funcionar, los CAPI deben cumplir con una serie de requisitos de calidad y seguridad requeridos por el Consejo Nacional de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia (CONAPINA), institución rectora de la Ley Crecer Juntos.

De igual forma, son aplicables para empresas que cuentan con más de 100 colaboradores, donde los empleadores tienen la obligación de brindar el acceso a estos establecimientos, ya sea instalando un CAPI autorizado en la empresa o pagando a los trabajadores el costo promedio de los servicios.

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Padres de familia comparten la experiencia de tener a sus hijos en un CAPI

«Recomiendo al 100%, a mi hija actualmente la dejo en un CAPI, es en un periodo como de dos meses aproximadamente en el que el niño está en su proceso de adaptación, logra poco a poco ir dando buenos cambios y he tenido muy buenos resultados con ella», expresó Rosmery de Melgar, una de las madres de familia.

Por ley, se ha establecido una cuota promedio para los niños de cero a cuatro años que apliquen a los CAPI: una matrícula anual de $72 y una mensualidad de $151.

De igual forma, los patronos no pueden establecer al trabajador un número límite de hijos beneficiarios.

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