La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles una ley de amnistía fiscal que exonera del pago de intereses y recargos por moras con la hacienda pública.
Ley Especial y Transitoria que Otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias, Aduaneras, de Tránsito y Otras Multas da un plazo que finaliza el 11 de diciembre de 2026.
Aplicará para quienes tienen procedimientos o procesos pendientes de resolver en la Dirección General de Impuestos Internos, Dirección General de Aduanas. O ante el Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas.
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También los que tienen procesos ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa o en procesos de Amparo Constitucional y Fiscalía General de la República. Incluso los que se encuentran en procesos de cobro judicial.
En general para quienes tengan recargos sobre multas determinadas por cualquier institución de la Administración Pública, excepto las municipalidades.
«En especial aquellos contribuyentes que no efectuaron en su momento el pago del Impuesto sobre la Renta», dice el decreto.
Para el caso que tramitaron ante la Dirección General de Tesorería el respectivo mandamiento de pago, pero venció.
La amnistía abarca a quienes adeudan recargos sobre multas de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, es decir, por infracciones de tránsito.
Esta exención será a los pagos de ejercicios anteriores o declaraciones de mercancías registradas vencidas o multas que fueron impuestas hasta el día 30 de septiembre de 2026.






