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jueves, 10 julio, 2025

Aprueban reformas al delito de conducción peligrosa

Con 60 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó reformas al Código Penal, al delito de conducción peligrosa.

La Asamblea Legislativa aprobó con 60 votos a favor las reformas al Código Penal que amplían los supuestos hechos que tipifican el delito de conducción peligrosa de vehículos automotores, los medios probatorios para su acreditación e incrementan el régimen de penas de cárcel.

Con la aprobación, el Código Penal actualiza sus normas en las que dará la pauta para proteger a los ciudadanos de conductas irresponsables de personas que conducen vehículos. Además, se castigará con mayor rigor el delito de conducción peligrosa, con penas de cárcel más altas.

Según, la ley, “la conducción peligrosa” ocurre cuando se disputa la vía entre vehículos, realizando competencias de velocidad en la vía, sin tener el permiso de las autoridades, y el de conducir en estado de ebriedad o bajo efectos de drogas.

Modificaciones por conducción peligrosa:

La primera actualización es al artículo 147-E del Código Penal, la cual establece lo siguiente:

  • Se eleva de dos a cinco años de cárcel la conducción peligrosa, para quienes infrinjan la ley al conducir vehículos livianos.
  • Violaciones a la ley que las cometan personas que conduzcan unidades del transporte colectivo o de carga, por lo que el incremento es de cinco a diez años.
  • Si se comete homicidio culposo o lesiones culposas muy graves con vehículo liviano, las penas de cárcel se elevarán hasta un máximo de 10 años. Aumentarán hasta 15 si es transporte de pasajeros o de carga.

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Más reformas aprobadas en la Asamblea Legislativa:

Con 53 votos, se reformó el Código Procesal Penal, en la que se establece un proceso penal que garantice una justicia restaurativa a favor de las víctimas y sus familiares ante la comisión de homicidio culposo, es decir sin intención, por el delito de conducción peligrosa.

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