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miércoles, 28 enero, 2026

Audiencia inicial contra el alcalde y el jefe de Catastro de La Paz Centro

La FGR informó que este día se lleva a cabo la audiencia inicial contra el alcalde y el jefe de catastro de La Paz Centro.

Por medio de la cuenta X, la Fiscalía General de la República (FGR) dio a conocer que se lleva a cabo la audiencia inicial contra el alcalde de La Paz Centro, Napoleón Armando Girón Iraheta, y el jefe del departamento de Catastro de la misma comuna, Augusto Ticas Linares.

Ambos están siendo acusados por ordenar el desmantelamiento y destrucción de varios negocios dedicados a la venta de alimentos.

Los delitos que se les imputan son:

  • Incendio
  • Actos Arbitrarios

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Antecedentes del caso en La Paz Centro

El pasado 24 de mayo, la Fiscalía presentó el requerimiento formal contra ambos involucrados. Reiteraron que los imputados ordenaron el desmantelamiento y destrucción de varios negocios dedicados a la venta de alimentos.

Asimismo, el pasado 14 de mayo, la Policía Nacional Civil (PNC) informó, a través de su cuenta de X, sobre la captura del alcalde de La Paz Centro por el partido Gana, Napoleón Armando Iraheta Jirón, por el delito de contaminación ambiental.

De acuerdo con el reporte de las autoridades, el edil, presuntamente, ordenó la quema de decenas de ramadas, las cuales pertenecían a los respectivos puestos de venta ubicados en los alrededores de la playa Costa del Sol.

De igual manera, la PNC informó la captura del jefe del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional de la alcaldía de La Paz Centro, César Augusto Ticas González, quien dirigió la quema de ramadas.

Este tipo de delito está contemplado en el artículo 255 del Código Penal. Estipulado en el capítulo II de los delitos relativos a la naturaleza y el medio ambiente.

Enfatiza lo siguiente:

«El que provocaré o realizaré directa o indirectamente emisiones, radiaciones o vertidos de cualquier naturaleza en:

  • El suelo
  • Atmósfera
  • Aguas terrestres superficiales
  • Subterráneas o marítimas.

En contravención a las leyes y reglamentos respectivos y que pusiere en peligro grave la salud o calidad de vida de las personas o el equilibrio de los sistemas ecológicos o del medio ambiente, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años».

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