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martes, 28 mayo, 2024

Capturan a alcalde de La Paz Centro por contaminación ambiental

El edil, presuntamente, ordenó la quema de ramadas, por lo que, será juzgado por el delito de contaminación ambiental.

En horas de la madrugada de este día, la Policía Nacional Civil (PNC) informó, a través de su cuenta de X, sobre la captura del alcalde de La Paz Centro por el partido Gana, Napoleón Armando Iraheta Jirón, por el delito de contaminación ambiental.

De acuerdo con el reporte de las autoridades, el edil, presuntamente, ordenó la quema de decenas de ramadas, las cuales pertenecían a los respectivos puestos de venta ubicados en los alrededores de la playa Costa del Sol.

A través de varios videos que circularon en horas de la noche se podía observar cómo algunas ramadas eran desmanteladas. Además, los escombros eran quemados a la orilla de la playa.

Video/TCS

De igual manera, la PNC informó la captura del jefe del Instituto Geográfico y del Catastro Nacional de la alcaldía de La Paz Centro, César Augusto Ticas González, quien dirigió la quema de ramadas.

En este mismo sentido, desde el pasado fin de semana, la Unidad de Defensa de Derechos Humanos y Comunitarios de El Salvador (Unidehc) reportó el desalojo de 59 ramadas utilizadas por vendedores frente al turicentro de la Costa del Sol. El Instituto Salvadoreño de Turismo (Istu) realiza labores de remodelación de ese centro turístico, lo cual contempla un área libre con vista a la playa.

Dicha medida fue ordenada por el Juzgado Ambiental, donde alegan que en la zona existe contaminación. También, la disposición advierte sobre la falta de permisos por parte de los comerciantes para vender en el lugar.

Delito por contaminación ambiental

Este tipo de delito está contemplado en el artículo 255 del Código Penal. Estipulado en el capítulo II de los delitos relativos a la naturaleza y el medio ambiente.

Enfatiza lo siguiente:

«El que provocare o realizare directa o indirectamente emisiones, radiaciones o vertidos de cualquier naturaleza en:

  • El suelo
  • Atmósfera
  • Aguas terrestres superficiales
  • Subterráneas o marítimas.

En contravención a las leyes y reglamentos respectivos y que pusiere en peligro grave la salud o calidad de vida de las personas o el equilibrio de los sistemas ecológicos o del medio ambiente, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años».

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